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Consejo Comunal de Seguridad Pública

Nuestras Funciones

El Consejo Comunal de Seguridad Pública es un órgano de coordinación interinstitucional establecido por la Ley N° 20.965, que crea los Consejos Comunales de Seguridad Pública en Chile. Su principal objetivo es asesorar al alcalde en el diagnóstico, planificación y evaluación de las políticas y acciones destinadas a prevenir la delincuencia, la violencia y la inseguridad en el ámbito local.

Este consejo funciona bajo la presidencia del alcalde o alcaldesa de la comuna y reúne a representantes de las principales instituciones vinculadas con la seguridad pública, tales como Carabineros de Chile, la Policía de Investigaciones, el Ministerio Público, Gendarmería, el Servicio Nacional de Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol (SENDA), además de representantes del Consejo Municipal y de organizaciones comunitarias y sociales.

Entre sus funciones destacan:

  • Analizar las problemáticas locales de seguridad y convivencia.
  • Formular propuestas de acción y coordinación interinstitucional.
  • Promover programas de prevención del delito y recuperación de espacios públicos.
  • Evaluar la ejecución del Plan Comunal de Seguridad Pública.

El Consejo Comunal de Seguridad Pública se reúne periódicamente y constituye un espacio de trabajo colaborativo entre el municipio, las instituciones del Estado y la comunidad, orientado a mejorar la seguridad y la calidad de vida de las vecinas y vecinos de San Carlos.

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Dirección

Benjamín Vicuña Mackenna Nº 436.

Fono

Mesa Central: 42 225 9700

Correo

oficinadepartes@sancarlos.cl